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Tribunal Administrativo de Cundinamarca ordena remoción del ministro de Defensa colombiano Diego Molano por haber sido designado incumpliendo la Ley de Cuotas


El Tribunal Administrativo de Cundinamarca declaró nulo el decreto por medio del cual el presidente de Colombia, Iván Duque, nombró a Diego Molano como su ministro de Defensa, en febrero de 2021. La corporación concluyó que la designación de Molano es ilegal porque violó la Ley de Cuotas, pues el presidente “está obligado a nombrar, al menos en el 30% de los cargos de máximo nivel decisorio en los ministerios, a mujeres”, según dice la sentencia. Además, se le ordena al primer mandatario nombrar a un nuevo jefe de esa cartera.

Cuando Diego Molano fue nombrado en el Ministerio de Defensa, en reemplazo del difunto ministro Carlos Holmes Trujillo, había solo cinco mujeres en el gabinete de Duque. Como en el Gobierno hay 18 ministerios, el 30% serían 5.4, “pero al tratarse de grupos históricamente discriminados, la norma debe aplicarse a favor de ellos, y, por tanto, el número deberá aproximarse al entero siguiente, que corresponde al número 6″, reseñó El Espectador.

En concreto, para febrero de 2021, las mujeres que había en el gabinete de Duque eran: Claudia Blum, en la Cancillería; María Victoria Angulo, en Educación; Karen Abudinen, en las TIC; Ángela María Orozco, en Transporte y Mabel Torres, en Ciencia. Los otros 13 ministerios estaban ocupados por hombres. Fue entonces que organizaciones como Dejusticia, Humanas, Sisma Mujer y la Red Nacional de Mujeres demandaron los decretos que nombraron a varios ministros que entraron al Gobierno por esa época.

Al llegar la discusión al Tribunal Administrativo de Cundinamarca, el Gobierno se defendió diciendo que, a su juicio, el 30% se garantizaba con las cinco ministras que había. De nuevo, porque el 30% de 18 es 5.4. El fallo recogió sentencias previas del Consejo de Estado que han abordado la Ley de Cuotas y concluyó, en pocas palabras, que, en la justicia, “no existe actualmente un criterio unificado para establecer el redondeo de los decimales”.

Sin embargo, a renglón seguido, el Tribunal de Cundinamarca explicó que el Gobierno no tenía razón, pues las cinco mujeres que había en el Gabinete solo representaban el 27,7% de los ministerios. Menos del 30% que dice la Ley. Y, añade el fallo: “se puede determinar que, por disposición constitucional, al Estado le corresponde adoptar medidas a favor de grupos que históricamente han sido discriminados, excluidos o marginados, y brindar protección a las personas que se encuentran en debilidad manifiesta, lo que se manifiesta con la consagración de mecanismos jurídicos que les permita el acceso a los derechos que han sido limitados”.

Diana Guzmán, subdirectora de Dejusticia y una de las abogadas que estuvo detrás de la demanda, dijo: “este es un fallo histórico que obliga al presidente Duque a tomarse en serio la Ley de Cuotas y así avanzar en la participación de las mujeres en política. Esperamos que el presidente no siga dilatando el cumplimiento de la Ley”. Y aclaró que el fallo en contra de Diego Molano no afecta la moción de censura a la que lo citó el Congreso por la cuestionada operación militar en Putumayo en la que murieron 11 personas, varias de las cuales eran civiles.



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